El Consejo Financiero Parroquial es un cuerpo consultivo de laicos establecido para asesorar al Párroco en asuntos relacionados con los asuntos financieros de la parroquia. La relación entre el Pastor y el consejo es de apoyo y colaboración. La autoridad del Párroco no se ve disminuida por el establecimiento del Consejo Financiero Parroquial.
El Consejo de Finanzas de la Parroquia está compuesto por el Párroco, como miembro ex officio, y no menos de tres miembros respetables y practicantes de la parroquia con conocimiento y habilidad en asuntos financieros. La membresía es por nombramiento del Pastor. Los miembros sirven por un término de tres años y pueden ser designados para un segundo término de tres años. El Presidente es designado por un período de un año y puede ser reelegido.
Las responsabilidades principales del Consejo incluyen: