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Restos/

Cremas

 

Disposición de restos/cremas


Notas sobre la disposición final de los restos/cremas de una persona: Políticas del documento de la iglesia “Instrucción Ad resurgendum cum Christo: Sobre el entierro del difunto y la conservación de las cenizas en caso de cremación”

-publicada por la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe y El Soberano Pontífice Francisco, en la Audiencia concedida al suscrito Cardenal Prefecto el 18 de marzo de 2016, aprobó la presente Instrucción, adoptada en la Sesión Ordinaria de esta Congregación el 2 de marzo de 2016, y ordenó su publicación. En Roma, desde las Oficinas de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 15 de agosto de 2016, Solemnidad de la Asunción de la Santísima Virgen María.


La Iglesia, en respuesta a la práctica creciente de hacer una disposición inapropiada de los restos de una persona, particularmente en casos de cremación, ha abordado los problemas de esparcir cenizas sobre el agua, en campos, montañas, guardarlas en el hogar, hacer joyas de un porción de los restos con los puntos contenidos en esta instrucción:


    - Cuando, por motivos legítimos, se haya optado por la cremación del cuerpo, las cenizas de los fieles deberán depositarse en un lugar sagrado, es decir, en un cementerio o, en determinados casos, en una iglesia o recinto, que ha sido reservado para este propósito, y así dedicado por la autoridad eclesial competente.


    -Desde los primeros tiempos, los cristianos han deseado que los fieles difuntos se conviertan en objeto de oración y recuerdo de la comunidad cristiana. Sus tumbas se han convertido en lugares de oración, recuerdo y reflexión. Los fieles difuntos siguen siendo parte de la Iglesia que cree «en la comunión de todos los fieles de Cristo, los peregrinos en la tierra, los muertos que se purifican y los bienaventurados en el cielo, formando todos juntos una sola Iglesia»[15]. ]


    -La reserva de las cenizas de los difuntos en un lugar sagrado asegura que no sean excluidos de las oraciones y el recuerdo de su familia o de la comunidad cristiana. Evita que los fieles difuntos sean olvidados, o que sus restos sean menospreciados, eventualidad que es posible, sobre todo una vez fallecida también la generación inmediatamente posterior. También previene cualquier práctica impropia o supersticiosa.


    - Por las razones antes expuestas, no se permite la conservación de las cenizas de los difuntos en una residencia doméstica. Las cenizas no se pueden dividir entre varios miembros de la familia.


    - Para evitar toda apariencia de panteísmo, naturalismo o nihilismo, no está permitido esparcir las cenizas de los fieles difuntos en el aire, en la tierra, en el mar o de cualquier otra forma, ni conservarlas en recuerdos, piezas de joyería u otros objetos. Estos cursos de acción no pueden legitimarse apelando a los motivos sanitarios, sociales o económicos que hayan motivado la elección de la cremación.
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